Los opositores conforman uno de los sectores más desamparados a la hora de llevar a cabo cualquier tipo de reclamación, ya sea por vía administrativa o a través del juzgado de lo contencioso-administrativo., tampoco existe una legislación específica que regule de forma práctica estos medios de reclamación y el proceso de actuación ante las posibles situaciones que puedan darse.
En este artículo te daremos toda la información acerca de los derechos de los que dispone actualmente un opositor y de las normativas que se pretenden llevar a cabo para la regulación de las diferentes situaciones que puedan darse.
📚El opositor/a ante una reclamación
Esta situación es donde el opositor sufre más indefensión, ya sea ante el fallo (decisión final) de los tribunales de oposiciones, a la hora de reclamar una calificación, ya que el proceso es muy “opaco” y solamente se hace pública una lista de aprobados, donde solamente sale el nombre o DNI y la nota final resultado de un proceso que ningún opositor conoce bien como funciona.
Muchas personas directamente se preguntan si pueden llevar a cabo una reclamación formal, una revisión de su examen, y la respuesta es sí, pero tiene una serie de particularidades.
Esto no sucede porque no existan métodos de reclamación a disposición de los aspirantes, sino que de querer llevar a cabo una reclamación, muchos no tienen la información necesaria y no existen administraciones públicas que apoyen al opositor en el proceso, es decir, es el opositor contra los miembros del tribunal de forma directa.
Así pues el tribunal solamente se enfrenta al opositor/a, no tiene que hacer frente a defensores, abogados, fiscales…, y este es el principal motivo por el cual no se reclama a los tribunales al respecto del concurso oposición, se crea un sentimiento de indefensión y desamparo, y este es el motivo principal por el cual la mayoría de personas no se plantean siquiera llevar a cabo un proceso de reclamación.
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✅¿Cuáles son los derechos del opositor?
Pues como hemos visto, a pesar de las desventajas que puedan apreciarse ante los procesos de reclamación y valoraciones, el opositor posee numerosos derechos y está respaldado por la ley, algunos de estos derechos directos pueden ser:
- A recibir un trato correcto e igualitario a cualquier otro opositor/a, así como una calificación objetiva por parte del tribunal encargado.
- Tiene derecho a reclamar en caso de considerar injusto el fallo del proceso selectivo o al no estar de acuerdo con alguna calificación.
- Puede reclamar la Orden de convocatoria en caso de observar algún defecto de contenido, forma o ilegalidad. Los recursos de que dispone a la hora de llevar a cabo este procedimiento son:
– Recurso de reposición: se lleva a cabo ante la Administración competente en materia de educación.
– Recurso de alzada: presentado ante el órgano jerárquico superior del que dictó el acto.
– Demanda: tiene un plazo de 2 meses desde su publicación en el BOE y debe ser llevado a cabo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo o ante el Tribunal Superior de Justicia.
- A salir al cuarto de baño, acompañado por un miembro del tribunal.
- Acceso a la totalidad de nuestro expediente del proceso selectivo.
- A denunciar en el caso de apreciar irregularidades en otros aspirantes.
- Inscribirse de forma libre al concurso oposición y recibir información de todo el procedimiento administrativo concerniente al concurso oposición.
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Actuación frente a irregularidades
Los aspirantes que tengan conocimiento de alguna irregularidad, como hemos visto anteriormente, puede, y debe, denunciarla mediante escrito dirigido al tribunal convocante de los procesos selectivos. Toda irregularidad debe poder ser demostrable.
Al finalizar los procesos selectivos, es cuando más reclamaciones y demandas se presentan, pero una cosa que hay que tener clara a la hora de presentar estos recursos de reposición ante los tribunales, es tener una cierta seguridad o certeza de que esa reclamación tiene una base fundamentada, es decir, reclamar por supuesto, pero siempre que tengamos una razón para hacerlo y no como método de aprobar una oposición suspensa.
Esto se debe a que hay que tener en cuenta que la presentación de recursos de reposición, alzada o reclamaciones dirigidas a los tribunales o Administración Educativa no tienen coste alguno, pero cuando entramos en el terreno de las demandas en el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo el coste de las mismas puede ser bastante elevado.
Como hemos podido ver hay ciertos aspectos donde se puede llevar a cabo una gran mejora y otros aspectos más consolidados y actualizados a estos tiempos, por eso se han llevado a cabo diversas reclamaciones e instancias ante el tribunal supremo para que se dé una solución viable a estos problemas y el acceso a la función pública sea mucho más transparente.
Otro aspecto fundamental de la reclamación y que produce gran parte del descontento de los aspirantes es el hecho de no conocer a ciencia cierta los criterios de valoración , actualmente se ha llevado a cabo una reforma jurídica donde se recoge que los parámetros de calificación, es decir que pruebas valen más, la ponderación de las mismas en la nota final…, se establezcan antes de iniciar el proceso de oposición y se informe a los aspirantes de forma correcta.