Hoy vamos a explicar el artículo 2 de la Constitución Española que se encuentra en el título preliminar de nuestra Constitución. El artículo 2 Ce solo se compone de un apartado en el que consagra la unidad de España y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones, que forman parte del territorio español.
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Índice
📖 Análisis Artículo 2 de la Constitución Española
- En primer lugar, reconoce la indisoluble unidad de la Nación Española, patria común e indivisible de todos los españoles. Por lo que es muy importante destacar el principio de unidad y de indivisibilidad, descartando cualquier tipo de fragmentación o segmentación de España. El principio de unidad se proyecta sobre el orden económico y social para que no conduzca a resultados disfuncionales entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
- En segundo lugar, reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran. Optando por un Estado compuesto, dotado de una amplia descentralización política mediante el conocimiento del derecho a la autonomía, lo que doctrinalmente se ha denominado como “Estado autonómico”. El ejercicio de este derecho se articula mediante la aprobación de un Estatuto de Autonomía, teniendo en cuenta que la autonomía hace referencia a un poder limitado, porque autonomía no significa soberanía, y en ningún momento el principio de autonomía puede oponerse al de unidad.
- En tercer lugar, hace referencia al principio de solidaridad entre todas las nacionalidades y regiones. Garantizando por la Constitución que esto no incida de manera negativa sobre los intereses generales de la Nación o sobre los intereses generales distintos de los de la propia entidad. Es un deber de auxilio recíproco en el que obliga a todos, incluido el Estado.
Tras este reconocimiento de la importancia que, en un estado descentralizado, tiene el principio de solidaridad, la Constitución menciona expresamente este principio en diversos artículos. Se establece en el articulo 138.1 CE atribuyendo al Estado el deber de garantizar la realización efectiva del principio de solidaridad velando por la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales; el artículo 156.1 CE reconoce la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas para el desarrollo y ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles y por último, el artículo 158.2 CE ordena, con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo este principio, constituir un fondo de compensación con destino a gastos de inversión cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.
Analizando estos preceptos en los que se menciona la solidaridad, ésta adquiere un sentido económico, que supone, la necesidad de una igualdad o equilibrio económico entre Comunidades Autónomas, con su vertiente negativa prohibiendo privilegios y obstáculos, y la positiva con medidas compensatorias para los territorios menos favorecidos. Por lo que a pesar de tener un gran sentido económico, transciende mucho más allá este principio, como, por ejemplo, es la inspiración para el régimen de ayudas a las víctimas del terrorismo regulado en la ley 32/1999 de 8 de octubre.
✔️ Esquematización artículo 2 de la Constitución Española
Analizado el artículo, procedemos a su esquematización para una mejor memorización:
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